Descubre Si Te Toca: RMI o IMV
Te levantas cada mes con la misma preocupación: el dinero no alcanza.
Has oído hablar de ayudas, pero cuando intentas informarte, te encuentras con un muro de burocracia y términos confusos. RMI, IMV, IPREM… suenan como un código secreto diseñado para que desistas.
Pero aquí está la verdad que cambia todo: el 40% de las personas que podrían recibir el IMV no lo solicitan, y el 60% que solicita la RMI podría tener derecho a una ayuda mejor.
Estás a punto de descubrir, con preguntas directas y ejemplos claros, exactamente cuál de estas dos ayudas es la que te toca —y cómo conseguirla.
La diferencia en una frase (para que nunca más te confundas)
El IMV es tu derecho estatal si cumples requisitos objetivos. La RMI es tu oportunidad autonómica si necesitas un plan de rescate integral.
Pero esto es solo el principio. Vamos a lo práctico.
Primera pregunta decisiva: ¿Cuántos años tienes?
Si tienes entre 23 y 65 años:
Pasa directamente a considerar el IMV como tu primera opción. La ley está diseñada para ti. Solo hay excepciones menores de 23 años si:
- Tienes hijos a cargo
- Eres víctima de violencia de género o trata
- Estás emancipado y tienes discapacidad
Si tienes menos de 23 años o más de 65:
Tu camino natural es la RMI (o ayuda equivalente de tu comunidad).
Las comunidades autónomas tienen mucha más flexibilidad para atender situaciones especiales de jóvenes o mayores que el sistema estatal.
Ejemplo real: Carla tiene 21 años, vive sola y perdió su trabajo.
No tiene hijos. No puede acceder al IMV por edad. Su solución: acudir a Servicios Sociales de su ayuntamiento para solicitar la RMI de su comunidad, que sí atiende a jóvenes en su situación.
Segunda pregunta clave: ¿Qué tipo de ayuda necesitas realmente?
Necesitas principalmente dinero para llegar a fin de mes → IMV
El IMV es una transferencia económica directa y predecible.
Si tus ingresos están por debajo de los límites y cumples los requisitos, recibirás una cantidad fija cada mes. Punto.
Necesitas dinero + formación + orientación + apoyo social → RMI
La RMI es un paquete integral. Sí, incluye ayuda económica, pero también:
- Un trabajador social que hace seguimiento de tu caso
- Acceso prioritario a cursos de formación
- Orientación laboral personalizada
- Posibles ayudas complementarias (transporte, material escolar, etc.)
Ejemplo real: Antonio, 45 años, lleva 2 años desempleado y ha perdido habilidades laborales.
Necesita el IMV para pagar el alquiler, pero también necesita la RMI para recibir formación en nuevas tecnologías y coaching para entrevistas.
Problema: No puede tener ambas. Solución: Si el IMV le da suficiente para vivir, puede complementarlo con cursos gratuitos de su comunidad (que no requieren tener la RMI).
Tercera pregunta: ¿Cómo son tus ingresos y patrimonio?
Para el IMV (límites 2025):
- Patrimonio máximo: 25.000€ más 10.000€ por cada hijo.
- Ingresos: Se calculan por unidad de convivencia.
- La fórmula mágica que pocos conocen: Tus primeros 100€ de ingresos por trabajo NO descuentan del IMV. Por cada euro extra, solo descuentan 50 céntimos. Esto significa que trabajar siempre sale rentable.
Para la RMI:
Cada comunidad autónoma pone sus límites, pero generalmente:
- Son más estrictos con el patrimonio
- Evalúan tu situación global, no solo números
- Pueden hacer excepciones por circunstancias especiales
La trampa que atrapa a muchos: “Tengo 8.000€ ahorrados de cuando trabajaba, así que no tengo derecho a nada”.
FALSO. Con el IMV, esos 8.000€ están muy por debajo del límite de 25.000€. ¡Podrías tener derecho!
Cuarta pregunta: ¿Cuál es tu situación familiar?
El IMV mira tu “unidad de convivencia”:
- Si vives con tus padres y ellos ganan bien, probablemente NO tengas derecho.
- Si vives con tu pareja, se suman vuestros ingresos.
- Si eres madre/padre soltero, se te aplican coeficientes más beneficiosos.
La RMI puede ser más flexible:
Algunas comunidades consideran situaciones especiales:
- Jóvenes que han sufrido violencia familiar
- Personas que cuidan de familiares dependientes
- Situaciones de emergencia social
Ejemplo esclarecedor: Laura, 28 años, vive con su madre jubilada que tiene una pensión de 900€.
Como unidad de convivencia, superan ligeramente el límite del IMV.
Pero: Los servicios sociales municipales podrían concederles una RMI o ayuda de emergencia al considerar su situación global (gastos médicos, etc.).
El test rápido: Responde y descubre tu ayuda
Marca las que se apliquen a tu situación:
- Tengo entre 23 y 65 años
- Llevo más de 1 año empadronado en España
- Mis ingresos son inferiores a 565€/mes (si vivo solo) o proporcionalmente si vivo con más personas
- Mi patrimonio (ahorros, propiedades) es menor a 25.000€ (más 10.000€ por hijo)
- Necesito principalmente dinero constante para cubrir gastos básicos
- Estoy dispuesto a gestionarlo online o en la Seguridad Social
Resultado:
- Si marcaste 4 o más: Tu camino es el IMV. Solicítalo en la web de la Seguridad Social.
- Si marcaste menos de 3: Tu camino es la RMI. Acude a Servicios Sociales de tu ayuntamiento.
- Tengo menos de 23 años o más de 65
- Necesito formación, orientación laboral y apoyo social
- Mi situación es compleja (problemas de vivienda, salud mental, etc.)
- Prefiero tener un trabajador social que me guíe personalmente
- No tengo claros mis ingresos o mi situación familiar es complicada
Resultado:
- Si marcaste 3 o más de estas: Tu camino claramente es la RMI. Pide cita en Servicios Sociales.
Los 3 mitos que te están impidiendo solicitar tu ayuda
Mito 1: “Si tengo trabajo, no tengo derecho”
Verdad: Con el IMV, puedes trabajar y seguir recibiendo ayuda. Los primeros 100€ de tu sueldo no descuentan nada, y por cada euro extra solo pierdes 50 céntimos del IMV.
Muchas RMI también permiten compatibilidades.
Mito 2: “Es una ayuda vitalicia, me acostumbraré”
Verdad: Ambas ayudas se revisan periódicamente. El IMV se revisa cada año (ingresos y patrimonio). La RMI tiene revisiones trimestrales o semestrales de tu plan de inserción.
Ambas están diseñadas para ser un apoyo temporal, no perpetuo.
Mito 3: “El papeleo es imposible, me piden documentos que no tengo”
Verdad: Para el IMV, la Seguridad Social puede obtener muchos datos directamente de Hacienda.
Para la RMI, los trabajadores sociales te ayudan a conseguir documentación. El 80% de los trámites se pueden hacer online.
Tu plan de acción según el resultado
Si descubriste que te toca el IMV:
Semana 1:
- Entra en la web de la Seguridad Social
- Busca “Simulador IMV” y haz la simulación (5 minutos)
- Prepara: DNI, certificado de empadronamiento, cuenta bancaria
Semana 2:
- Si el simulador es positivo, inicia la solicitud online
- Usa certificado digital, DNIe o Cl@ve
- Guarda el justificante de solicitud
Ventaja clave: El IMV es retroactivo desde que cumples requisitos. Si tardan 6 meses en concedértelo, cobrarás 6 meses de golpe.
Si descubriste que te toca la RMI:
Día 1:
- Busca “Servicios Sociales [tu municipio]” en Google
- Apunta la dirección y horario de atención
Día 2:
- Ve sin falta a Servicios Sociales (mejor a primera hora)
- Explica tu situación completa y honestamente
- Pide que te deriven a la RMI o ayuda equivalente
Ventaja clave: Te asignan un trabajador social que se convierte en tu guía personal en el sistema de ayudas.
¿Y si no estás seguro o crees que ninguna te corresponde?
Hay una opción que pocos consideran: la solicitud simultánea informada.
- Solicita primero el IMV (es el derecho prioritario)
- Mientras se tramita, acude a Servicios Sociales y explora la RMI
- Deja que los profesionales te aconsejen una vez tengan todos los datos
Los trabajadores de la Seguridad Social y los servicios sociales están coordinados. Ellos te pueden decir exactamente qué ayuda maximiza tus recursos.
La verdad final que necesitas escuchar
Estas ayudas no son caridad. Son herramientas de justicia social a las que has contribuido con tus impuestos (directa o indirectamente).
Cada mes que pasa sin solicitar lo que te corresponde es un mes de estrés innecesario y oportunidades perdidas.
Tu situación económica no define tu valor como persona, pero definir tu situación económica es tu responsabilidad.
Hoy has descubierto que el sistema, aunque complejo, es navegable.
Que hay un camino para ti. Que no estás solo en este laberinto.
La pregunta ahora no es “¿Tengo derecho?”, sino “¿Qué estoy esperando para reclamar lo que me corresponde?”
